soy un abogado de familia o de cabecera

La vida cotidiana de un despacho de abogados de la ciudad de Bilbao

lunes, 9 de septiembre de 2013

tasas judiciales y ¿eso como se come?


Gallardón como ministro de justicia nos ha dado titulares impactantes avisando de las modificaciones legislativas en el ámbito de la justicia.

Ejemplo de ello son cuando habló de la libertad de la mujer al penalizar el aborto, la aplicación de la cadena perpetua o privatizando la justicia con los notarios como fedatarios de los divorcios de mutuo acuerdo, entre otros titulares.

Pero la historia recordará a Gallardón como el ministró que implantó las tasas judiciales en el sistema judicial español.

Desde su reciente aplicación han tenido una intensa vida: ampliamente rechazadas desde todos los ámbitos de la sociedad, recurridas por partidos políticos y colegios de abogados ante la Audiencia nacional y el tribunal supremo, modificada por el propio ministerio y finalmente aplicadas con algunos problemas técnicos con el soporte impreso de por medio.

1.- Pero ¿qué son eso de las tasas judiciales? ¿Es algo que se pueda comer? Que es la pregunta que siempre me hace mi amigo Txabi cuando desconoce algún tema del que hablamos.

La tasa judicial es una cantidad de dinero que hay que abonar al estado en este caso al ministerio de justicia por el mero hecho de hacer uso del sistema judicial, no es un impuesto es lo que se llama una tasa, en este caso judicial, los ayuntamientos tienen sus propias tasas municipales por obras.

2.- ¿son algo nuevo?

No, con anterioridad se empezó a aplicar en el año 1958 hasta que se suprimieron en el año 1986. Y en el 2002 se volvieron a aplicar para las empresas grandes pero no a las personas físicas como ahora.

3.- ¿las tasas judiciales se aplican en mas sitios?

Si, en los sistemas judiciales americano y europeo. En europa es muy complejo y cada país de la Unión Europea tiene un sistema propio para cada proceso judicial, la cuantía del mismo y la situación económica del solicitante del mismo.

4.- ¿quién tiene que pagar la tasa judicial?

Todas las personas físicas, es decir, los ciudadanos que ganen más de 1.100,00€ y que no sean perceptores de justicia gratuita. Se pagan al iniciar el proceso judicial.

5.- ¿se develven las tasas judiciales?

Se gana el juicio si, si se pierde no.

6.- ¿siempre que se va al juzgado hay que pagar la tasa judicial?

No siempre, hay una serie de jurisdicciones que están exentas, como los procesos de capacidad, filiación y menores, los juicios que versen sobre la guarda y custodia de hijos menores, sobre derechos fundamentales y libertades públicas, la petición inicial del procedimiento del monitorio si la cuantía no supera los 2.000,00€.

7.- ¿Qué implicaciones tienen las tasa judiciales?

En general por la sociedad están consideradas como una barrera al acceso a la justicia. A los abogados y procuradores además recae en una limitación en su trabajo puesto que a sus honorarios hay que incrementar las tasas.

Por eso la Audiencia Nacional ha considerado necesario su revisión por considerarlas injustas.

 

 

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario